España

CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA VENTA DE PRODUCTOS DE MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A.

Primera.- Ámbito objetivo del contrato. Definición.

Sea cual sea la forma del contrato, mediante oferta, presupuesto, pedido y/o solicitud de adquisición de productos entre MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. (en adelante productos), y otras sociedades o particulares (en adelante comprador), el mismo quedará sujeto a las presentes condiciones generales de contratación, que serán las únicas aplicables, salvo acuerdo escrito entre ambas partes.

Por tanto el contrato queda integrado por las presentes condiciones de contratación y la oferta, presupuesto, pedido, orden de compra o cualquier otro documento similar suscrito entre MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A., y la parte compradora.

Segunda.- Vigencia y eficacia del contrato.

El contrato se entenderá formalizado y vigente a partir del momento en que se produzca la aceptación del pedido u orden de compra, o subsidiariamente desde el momento de la entrega del producto.

Tercera.- Tiempo, lugar y forma de entrega de los productos.

a) Plazo.

La entrega de los Productos se efectuará a la mayor brevedad posible, en base a la disponibilidad de los mismos, y en los casos en que se hubiera convenido un determinado plazo de entrega, éste podrá ampliarse en función de aquella disponibilidad.

Caso de ampliación, MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. tendrá que comunicarlo al Comprador lo antes posible y, si éste no aceptare la ampliación del plazo de entrega por causa justificada, tendrá derecho a cancelar el pedido como remedio jurídico exclusivo por el no cumplimiento por parte de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. y sin derecho a reclamar daños y perjuicios.

En cualquier caso se entenderá que el Comprador acepta la ampliación del plazo de entrega si 24 horas después de haber recibido la comunicación al respecto no ha notificado por escrito a MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. la cancelación del pedido.

b) Lugar.

La entrega de los Productos se realizará en el lugar indicado en cada caso en el pedido, orden de compra o documento similar, salvo que las partes hubieran acordado otra cosa por escrito.

El Comprador se compromete a que el lugar de entrega se halle adecuado y presente instalaciones apropiadas para la recepción y almacenamiento de los Productos a partir de la fecha de entrega prevista, garantizando que se ajusten a la legislación y normativas aplicables, incluyendo las que afectan a la seguridad e higiene, y responsabilizándose de que disponga de todos los permisos y licencias pertinentes. A tal fin MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. podrá requerir al comprador la justificación del cumplimiento de dichos requisitos.

c) Recepción del pedido.

En el momento de la entrega, el Comprador deberá efectuar las revisiones y verificaciones necesarias de los productos recibidos para comprobar su correcto estado y asegurarse de que son conformes y se ajustan tanto a su pedido, orden de compra o documento similar, como a su albarán de entrega, cuya firma equivaldrá a su plena conformidad.

d) Riesgos en la entrega.

Si para entregar los Productos es necesario llevar a cabo actividades especiales, el Comprador deberá correr con los gastos y el riesgo de las correspondientes actividades especiales.

MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. no será responsable de cualquier incumplimiento de la entrega o retraso en la misma resultante directa o indirectamente de cualquier causa de fuerza mayor o por causa imputable al Comprador.

El Comprador asumirá todos los riesgos que puedan proceder en caso de carga, descarga y transporte de los Productos desde que sean puestos a su disposición en el lugar acordado según lo dispuesto en el apartado b).

Cuarta.- Precios.

Los precios aplicables al Contrato serán los que se establezcan en el mismo y, en su defecto, aquellos que estén en vigor en el momento de la aceptación de los pedidos, órdenes de compra o documentos similares, no incluyendo el I.V.A., a excepción que se especifique lo contrario.

Quinta.- Gastos de transportes, envío, embalaje, seguro y otros.

Los costes de transporte, gastos de envío, costes de embalaje, costes de seguro, o cualquier otro tipo de costes y gastos, hasta el momento de la recepción de los Productos serán a cargo de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A., siempre y cuando se cumpla por el comprador lo estipulado en la condición Tercera, y en caso contrario, MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. comunicará al Comprador las nuevas condiciones en cuanto a los referidos costes y gastos. El Comprador podrá aceptarlas o cancelar el pedido en los mismos términos previstos en el apartado a) de la condición Tercera relativo a la ampliación del plazo de entrega).

Sexta.- Pago.

a) Plazo y devengo de intereses moratorios.

El pago deberá producirse dentro del plazo que las Partes hayan acordado en el contrato, y de no ser así a los 30 días siguientes a la fecha de la factura, y caso de impago se devengará a favor de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. y sin necesidad de requerimiento previo, el interés de demora sobre la deuda pendiente determinado en según la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en vigor en el momento en que deban abonarse los intereses de demora.

b) Consecuencias en caso de impago.

Sin perjuicio de lo estipulado en el anterior apartado, en el caso de impago por parte del Comprador las otras deudas existentes a favor de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. serán líquidas y exigibles inmediatamente sin necesidad de requerimiento previo, y no se considerará incumplimiento del contrato la suspensión de efectos de las obligaciones que en aquel momento resultaran exigibles a MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. por parte del comprador. Igualmente, caso de existir deudas a favor del comprador, tendrá derecho a compensarlas con las deudas del Comprador a favor de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A.

Séptima.- Recogida excepcional de productos.

Por causa imperativo legal, de orden público, salud pública o similar MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. podrá recoger los Productos de los establecimientos del Comprador cuando viniere determinado, sin requerir autorización del Comprador, el cual facilitara dicha actuación, sin perjuicio de la obligación de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. de devolver la contraprestación recibida por los Productos recogidos.

Octava.- Etiquetado y embalaje.

El Comprador no podrá modificar el etiquetado y embalaje de los Productos en ningún caso.

Novena.- Responsabilidad.

Cualquier reclamación relativa a los vicios internos u otros defectos de los Productos entregados que no hubiera sido posible detectar en virtud de la comprobación prevista en el apartado c) de la condición Tercera, deberá notificarse fehacientemente a MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. en las 48 horas siguientes a la entrega. Después de este plazo, el Comprador no tendrá derecho a realizar reclamación alguna.

En caso de defectos o vicios en los Productos debidamente reconocidos por MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. y reclamados por el Comprador dentro del plazo previsto en el anterior párrafo, comportará la obligación por parte de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. de sustituir los Productos defectuosos, sin que surja derecho a cualquier otra compensación por este motivo.

MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. responderá de cualquier incumplimiento de la legislación aplicable en materia de consumidores y usuarios únicamente en la medida en que a ella le sea directamente imputable, y no respondiendo por tanto de incumplimientos cometidos por terceras personas ajenas al contrato.

Décima.- Suspensión y extinción del contrato.

MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. podrá suspender total o parcialmente la ejecución del contrato, o darlo por extinguido, previa notificación por escrito al Comprador, sin derecho a obtener por ello compensación alguna, en los siguientes supuestos:

  • Incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del Comprador de una o más de las obligaciones establecidas en el Contrato.
  • Venta o interrupción del negocio del Comprador.
  • Cambio de control del Comprador.
  • Retirada o suspensión de un permiso del Comprador necesario para la ejecución del Contrato.
  • Retirada o suspensión de un permiso de MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. necesario para la ejecución del Contrato.

Undécima.- Derechos de propiedad intelectual o industrial.

MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. se reserva los derechos de propiedad intelectual o industrial relativos sus Productos y sus marcas, sin que la celebración del Contrato implique ningún tipo de derecho o cesión de los mismos a favor del Comprador.

Correlativamente, MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. garantiza su legitimación para el uso de los derechos de propiedad intelectual o industrial relativos a los Productos, quedando indemne el Comprador ante cualquier reclamación relativa a los mismos, salvo que ésta fuera imputable a un incumplimiento del Comprador.

Duodécima.- Confidencialidad.

Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad respecto toda información (oral, escrita o por otros medios) que haya sido obtenida en el marco del Contrato, obligación que se hace extensiva al respectivo personal de cada una de las partes que tuviera acceso a esta información. Igualmente se comprometen a la devolución de cualquier documento, incluso electrónico, obtenido por o en nombre de la otra parte siempre que no sea necesario para la ejecución del Contrato.

Décimo-tercera.- Obligaciones en relación con la protección de datos.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre sobre protección de datos de carácter personal, ambas partes, quedan informadas de que los datos personales facilitados en virtud de la formalización del contrato o los que durante la realización contractual sean facilitados, serán tratados y quedarán incorporados en sus respectivos ficheros con la finalidad de dar cumplimiento a las necesidades relacionadas con la gestión para el buen fin de lo convenido, responsabilizándose mutuamente de la veracidad y exactitud de los datos comunicados, así como de notificar las posteriores modificaciones, pudiendo ejercitar mediante comunicación escrita los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición frente a la otra.

Décimo-cuarta.- Cesión o subrogación.

MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. podrá ceder o subrogar los derechos y obligaciones del presente contrato, incluyendo sus derechos de crédito frente al comprador. No obstante éste no podrá ceder ni subrogar total o parcialmente ningún derecho u obligación derivado del contrato, salvo pacto expreso por escrito.

Décimo-quinta.- Nulidad.

La declaración de nulidad de alguna cláusula del Contrato no afectará al resto de cláusulas, las cuales continuarán produciendo plenos efectos, obligándose las partes a negociar de buena fe la sustitución de la cláusula o cláusulas del Contrato que hayan sido declaradas nulas.

Décimo-Sexta.- Normativa y jurisdicción aplicable.

Los contratos quedarán sujetos a la aplicación de la ley española, y en lo no previsto expresamente se regirá por lo dispuesto el código de comercio, leyes sectoriales y usos mercantiles.

Cualquier controversia en orden a su interpretación, ejecución y cumplimiento se resolverá ante los tribunales competentes de la ciudad de Barcelona (España).

Décimo-séptima.- Comunicaciones.

Cualquier comunicación dirigida a MENARINI DIAGNOSTICOS, S.A. habrá de remitirse a la Avda. del Maresme, núm. 120 de 08918 de Badalona (Barcelona) España - Departamento de Administración.

Barcelona, a 31 de marzo de 2015